Drones (consumo) Categoría Abierta RAC 100

Guía definitiva: Reglas de operación y límites del uso de drones en categoría abierta del reglamento RAC 100

Si eres un apasionado por la fotografía aérea o vuelas lo que conocemos como drones fpv con objetivos comerciales, entonces haces uso de drones en categoría abierta en Colombia.

Debes comprender que compartimos el espacio aéreo colombiano con la aviación tripulada, por lo cual la seguridad y la responsabilidad son una constante en tus vuelos con dron.

El avance tecnológico actual nos permite volar drones con capacidades impresionantes, pero para garantizar una convivencia armónica la Aeronáutica Civil ha definido reglas y límites de operación.

A continuación te explicamos de manera sencilla y directa todo lo que necesitas saber sobre la categoría abierta del RAC 100 para la operación de drones en Colombia.

¿Qué es la categoría abierta del reglamento RAC 100 para el uso de drones en Colombia?

Esta categoría cubre operaciones que se realizan sin fines no comerciales y las que no requieren autorización por parte de la Aeronáutica Civil, por ejemplo los vuelos recreativos o de aprendizaje.

Para que tus vuelos con dron sean de categoría abierta, el peso bruto máximo de operación debe ser máximo de 25 kilogramos, incluyendo la batería, la(s) cámara(s) y cualquier elemento en el equipo al momento del despegue.

Lo que si puedes hacer en categoría abierta

Control Remoto Dron - Categoría Abierta RAC 100
A continuación compartimos los procedimientos que te permitirán disfrutar de la operación de tu dron de forma legal y segura, siguiendo estas pautas evitarás incidentes o accidentes.

1. El registro obligatorio de tu equipo

Si tu dron pesa 200 gramos o más, lo debes registrar en la base de datos de la Aerocivil, pero si tu dron pesa menos de 200 gramos, no debes hacer el registro.

Para registrar tu dron debes 1) crear un usuario en la plataforma UAS y esperar la aprobación de la Aerocivil y 2) solicitar el registro de aeronaves (UAS) bajo este usuario registrar tu(s) equipo(s) en este enlace

Cómo identificar tu dron correctamente

Una vez registrado, debes adherir de forma visible en la estructura de tu dron una etiqueta permanente de mínimo 2 cm x 4 cm en letra Arial (tamaño mínimo 8) con la siguiente información:

  • El número de registro RUAS asignado por la Aerocivil.
  • Tu nombre completo.
  • Tu correo electrónico.
  • El correo oficial de atención al ciudadano de la Aerocivil: atencionalciudadano@aerocivil.gov.co.

2. Límites de altura y distancia de vuelo

Para proteger el espacio aéreo el reglamento RAC 100 define parámetros muy específicos de distancia:

  • Altura máxima: No puedes superar los 122 metros de altura (400 pies AGL) sobre el terreno.
  • Distancia horizontal: El dron debe mantenerse a una distancia máxima de 750 metros horizontales desde el punto de origen de la operación.
  • Línea de vista (VLOS): Debes mantener contacto visual directo con tu dron en todo momento, usando únicamente tus ojos (se permiten lentes o gafas correctoras normales, pero no binoculares).

3. Operaciones especiales permitidas

¿Vuelas con gafas FPV? Puedes hacerlo en categoría abierta, pero el reglamento te exige contar con un observador de la UA calificado que mantenga contacto visual directo con el dron y esté en comunicación constante contigo.

La norma permite realizar aspersión o dispersión en predios propios sin solicitar autorización de vuelo, siempre que la actividad no sea remunerada, vueles a un máximo de 10 metros de altura sobre la capa vegetal y tu equipo no supere los 250 kg de peso. El piloto debe poseer certificado de idoneidad.

Lo que no puedes hacer en categoría abierta

Visor Geográfico Aerocivil Celular - Categoría Abierta RAC 100

Existen zonas sensibles que debemos respetar para proteger la vida de las personas y la seguridad del país y por esta razón el RAC 100 prohíbe operar bajo la categoría abierta en las siguientes condiciones:

Cerca de aeropuertos: Prohibido volar drones en un radio de 9 kilómetros medidos desde el Punto de Referencia del Aeródromo (ARP).

Puedes volar entre los 6 km y los 9 km del aeropuerto a una altura máxima de 61 metros (200 pies) sobre el límite más bajo del aeródromo.

Cerca de helipuertos: Debes mantener una distancia mínima de 3 kilómetros de cualquier Punto de Referencia de Helipuerto (ARH).

Vuelo sobre personas: Prohibido volar tu dron sobre personas que no participen en tu operación. Mantén una distancia mínima de 30 metros horizontales personas ajenas al vuelo.

Zonas críticas de seguridad: Prohibido volar a menos de 2 kilómetros de bases militares, policiales, centros penitenciarios e infraestructura crítica del país, o del Presidente de la República.

Actividades comerciales o transporte: El transporte de carga (Drone Delivery), operaciones en enjambre o vuelos con ánimo de lucro están prohibidos en la categoría abierta.

Conclusión

La responsabilidad, el profesionalismo y la educación son el puente hacia una aviación más segura, además esto demuestra nuestro compromiso como pilotos de UAS y aumenta la confianza de la comunidad  y las autoridades.

💬 Si tienes dudas sobre el registro de tu equipo o sobre la verificación de zonas con restricción, déjanos tu comentario o escríbenos y construyamos juntos una comunidad responsable.

Recuerda también que para Categoría Específica  debes tomar el CURSO DE PILOTO DE DRONES Certificado con nuestro Centro de Instrucción CIMA SAS