Un accidente con RPA en una celebración en público durante la Celebración y coronación de la Reina Nacional del Bambuco y la evidencia del piloto o responsable, nos plantea una serie de situaciones como la responsabilidad económica, la responsabilidad civil y las responsabilidades en consecuencia de la circular 002 emitida por la Aeronáutica Civil de Colombia que regula el uso comercial de RPA.
Fuente del vídeo: http://www.ntv.com.co/?p=4388
Ésta es una discusión constante en los círculos de pilotos de RPA en el país que han encontrado como una intención de regulación se ha convertido en una oportunidad de negocio para quienes ofrecen cursos regulatorios, asesorías en la obtención de la certificación de piloto de RPA, venta de seguros y en los trámites que la circular trae implícitos. De igual forma el hecho de que en el listado oficial existan tan pocos pilotos o entidades certificadas, hace que el margen de operación comercial de Drones sin cumplir los requisitos exigidos por la circular, sea mayor e incalculable, más aún teniendo en cuenta que la comercialización de RPA en el país no tiene control y se venden hasta en tiendas por departamentos y comercios como Carulla y otros. Hacemos claridad que al día de hoy no hay licencia o certificación que sea respaldado por la Aeronáutica Civil de Colombia.
Una nueva circular, la 003, traería respuesta a las inquietudes y vacíos de la circular actual pero no hay evidencia alguna real hasta el momento de que ésta pueda ver la luz en un periodo cercano.
Con respecto a éste accidente, ¿cuál será reacción de la Aeronáutica Civil de Colombia?.
Considera que además de las academias de aviación o centros de instrucción para pilotos, ¿deberían sea incluídos en una nueva circular (resolución o apéndice) otros centros de instrucción?
Como pilotos profesionales comerciales, principiantes o recreativos, ¿qué reflexiones pueden tener sobre éste caso? ¡Comenten!.
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