Recientemente la Aeronáutica Civil de Colombia ha publicado el borrador de la nueva reglamentación para la operación de drones en territorio Colombiano, la cuál se espera fomente la seguridad operacional y aspectos técnicos en la operación en los diferentes tipos de uso de los drones.

Durante más de 4 años el RAC 91, apéndice 13 de la Aeronáutica Civil de Colombia, ha sido el marco normativo sobre el que, tanto operadores de drones, centros de instrucción, especialistas en drones y la misma Aerocivil, hemos venido trabajando por el fortalecimiento de esta industria. Debemos resaltar las consideraciones que se han tenido desde la autoridad aeronáutica con respecto al requerimiento de la póliza de responsabilidad civil que hoy ofrece la posibilidad de coberturas menores a 1 año.

LA INDUSTRIA DRON HOY EN COLOMBIA

En comparación con los 4 años anteriores tenemos varias novedades en el sector que hacen que este proyecto de norma tenga una alta importancia, algunas de ellas son:

  • Aumento significativo en la cantidad de explotadores y operadores inscritos en la Aerocivil.
  • Aumento en la formalización de las operaciones con drones.
  • Aumento inevitable de la tecnología misma.
  • Mayor presencia de fabricantes extranjeros de drones en el país de forma directa y/o por distribución.
  • Más actividades asociadas a los drones en el uso recreativo, como las competencias o carreras.
  • Más proyectos integrales UAS/Drones de orden nacional como el programa nacional de drones de la Dirección Nacional de Bomberos de Colombia y otros organismos del SNGRD.
  • Mayor conocimiento de tecnologías asociadas a los drones en las Universidades por medio de su oferta académica y programas complementarios, igualmente en las áreas STEAM de colegios.
  • Uso creciente de los drones en agricultura de precisión, seguimiento a la salud vegetal y al control de plagas.

De esta manera este proyecto de norma le abre camino a una regulación que trae grandes retos para todos pero también oportunidades, especialmente en la profesionalización tomando en cuenta que los drones están bajo la sombrilla aeronáutica.

En cuanto a centros de instrucción aeronáutica que son los responsables de certificar el curso para Operadores de Aeronaves No Tripuladas UAS/Drones bajo el RAC 91 apéndice 13, vigente aún, se evidencia una intención de fortalecer la calidad educativa, lo que significa otro reto para estas empresas aéreas ya que ellos deben ajustar en sus programas y asumir más responsabilidad sobre los instructores, equipos y documentación relacionada a la operación y a la seguridad operacional, lo que hasta la norma vigente se venía desarrollando en gran parte del país por medio de convenios o alianzas con expertos en drones ajenos a los centros de instrucción.

NUESTRO APORTE

Desde ColombiaDron Club queremos aportar a este ejercicio de la Aerocivil compartiendo el siguiente documento en donde hemos tabulado la información con nuestros comentarios, respetuosos y propositivos, que iremos actualizando poco a poco. Esperamos también el aporte de la comunidad a través del siguiente formulario haciendo referencia puntual al artículo y numeral del documento borrador.

Agradecimientos a los miembros de nuestro equipo Liliana Veloza, Victor Cardozo, Jaime Amador y John Martín que han hecho el ejercicio de leer el documento detenidamente con el ánimo de construir como país.

COMENTARIOS SOBRE BORRADOR RAC 100

Por favor incluya todo comentario que considere importante respecto al documento en referencia e indique el artículo y el numeral correspondiente

¡GRACIAS!